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Beca Ministerio de Educación 2014-15

Estimados alumnos

Nos acaban de comunicar desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte las condiciones de solicitud de la Beca que ofrece el Ministerio para los alumnos que realizan una movilidad Erasmus en el curso 2014-15 . Os adjuntamos la información publicada a día de hoy en el BOE, que deberéis leer detenidamente si queréis acceder a esta beca.

La principal novedad frente a otros años es que esta beca ya no se tramita desde las universidades y tiene que ser solicitada directamente por el alumno. Podéis encontrar toda la información al respecto en el siguiente link: www.mecd.gob.es. El plazo de solicitud de la beca  el del 4 de abril al 23 de abril de 2014.


A continuación os resumimos los puntos más importantes de las condiciones de la beca:


1.       Requisitos de los beneficiarios:
·         Acreditar un nivel B2 o equivalente en el idioma en el que se va a impartir y recibir la docencia en la universidad de destino
·         Haber superado 60 créditos ECTS de los estudios que se están cursando en el momento de solicitud de la ayuda.

 

2.       Incompatibilidades
·         Estas ayudas son incompatibles con la percepción de las ayudas del Programa Erasmus + gestionado por el OAPEE (Unión Europea)

 

3.       Criterios para la adjudicación de las ayudas:
·         Nota media del expediente académico

 

·         En caso de empate se valorará en primer lugar el nivel de idioma superior a B2 y en segundo lugar el número de créditos superado por cada solicitante, dando prioridad a los que hayan superado mayor número de créditos.

 

4.       Duración y cuantía de las ayudas:

 

·         Las ayudas se concederán por un máximo de 5 meses en el caso de las movilidades de estudio

 

·         La cuantía de las ayudas se determina en función de los grupos de países determinados por el Programa Erasmus +:

·         300 €/mes para un país de destino de Grupo 3
·         350 €/mes para un país de destino de Grupo 2
·         400 €/mes para un país de destino de Grupo 1


Podéis consultar el listado en siguiente link: http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/documents/erasmus-plus-programme-guide_en.pdf

·         En el caso de que el beneficiario haya disfrutado de una beca o ayuda del Sistema General de Becas y Ayudas al estudio concedidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, durante el curso 2013/2014, la cuantía se incrementará en la cantidad de 100 euros/mes.

 

5.       Presentación de solicitudes
·         Los solicitantes que hayan sido seleccionados para el Programa «Erasmus+» por la institución de educación superior, cumplimentarán el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es/, en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es.

 

·         Los documentos electrónicos que haya que adjuntar a las solicitudes, se ajustarán a los formatos regulados en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Interoperabilidad y en su normativa de desarrollo.

 

·         Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en los artículos 13.2 y 16.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.

 

·         Plazo de presentación de solicitudes: 4 a 23 de abril de 2014

 

6.       Resolución:
·         Una vez realizada la selección de candidatos, la Secretaria General de Universidades dictará una resolución provisional de concesión, que acompañará con una lista priorizada de candidatos suplentes. Está resolución se publicará en la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo se notificará, mediante comparecencia, en la sede electrónica en la forma regulada en el artículo 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por lo que el estudiante solicitante deberá acceder a la dirección electrónica «https//sede.educacion.gob.es» para ser notificado.

 

·         Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar a través de la sede electrónica la aceptación o renuncia de la ayuda en el plazo de cinco días

 

·         Las solicitudes no incluidas en las resoluciones de concesión se entenderán denegadas.
7.       Pago de las ayudas:

 

·         El pago será único, una vez que se haya comenzado la estancia y previa presentación del certificado que justifica la incorporación a la institución de destino o centro de realización del período de prácticas, sin que se requiera la aportación de garantías por parte del beneficiario. Con el fin de agilizar el pago, el certificado de incorporación se aportará por vía electrónica en la sede del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de diez días naturales desde su efectiva incorporación.

 

8.       Obligaciones de los beneficiarios:
·         Incorporarse a la institución de educación superior de destino o centro de realización del período de prácticas en la plaza de movilidad para la que se concede la ayuda, en un plazo no superior a quince días naturales de la fecha de inicio prevista. En los diez días naturales siguientes a la incorporación efectiva, deberá enviar a través de la sede electrónica el certificado de incorporación.

 

·         Comunicar por escrito, tanto a la institución de educación superior de origen como al órgano gestor de la convocatoria, la aceptación o la renuncia a la ayuda en el plazo establecido.

·         Residir en la localidad de la institución o centro de destino o en el entorno próximo, durante la totalidad del período de estancia concedida. No obstante, este requisito quedará en suspenso durante los períodos no lectivos

·         Realizar su labor en la institución de educación superior o centro de realización de prácticas en la plaza de movilidad para la que se concede la ayuda y cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación, con respeto de las normas propias de la institución que lo acoge y con la dedicación requerida y, en particular, en el caso de movilidad para períodos de estudios, asistir a todas las actividades lectivas así como presentarse a las pruebas y exámenes que correspondan a la programación académica de la estancia concedida

 

·         Remitir el correspondiente informe final previsto en el Programa «Erasmus+» a la institución de educación superior en original o copia compulsada.

En todo caso os recomendamos que leáis la información publicada a día de hoy en el BOE y que consultéis toda la información publicada en la página web del Ministerio. www.mecd.gob.es

 

Mas información en: http://blogs.eps.uspceu.es/rrii/files/Beca%20Ministerio-%20Erasmus%202014-15.pdf




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